Por: Dr. Marco Alocén Barrera
Docente Universitario
Uno de los objetivos fundamentales del Gobierno debe ser la renovación profunda de los valores morales en la Administración Pública, declarando como circunstancia de la más alta preocupación, mantener a todo trance el escrupuloso manejo de los dineros públicos. En tal virtud, todos los mecanismos legales y administrativos deben ser utilizados para evitar el favoritismo o cualquier clase de discriminación y debe buscarse que las acciones legales recaigan con toda la fuerza sobre los funcionarios, empleados, proveedores o cualquiera otra persona que intenten participar en el sistema en forma dolosa o de algún otro modo contrario a los intereses Supremos de la Nación.
Más allá de las cambiantes circunstancias que caracterizan esta etapa de la vida del país, tienen segura validez las proposiciones que aquí se sintetiza:
- Es urgente asegurar desde el gobierno la vigencia de objetivos entre los cuales se destacará:
a) Orden y seguridad para las personas y los bienes, con adecuado equilibrio de autoridad y libertad.
b) Dominio de la inflación y acción efectiva sobre sus causas.
c) Honradez en la conducta pública.
d) Eficiencia y austeridad en la administración del estado, en los servicios y en empresas a su cargo.
e) Orientación en la economía con medidas claras y coherentes que, unidas a las precedentes condiciones, hagan posible un trabajo productivo.
f) Confianza de la ciudadanía.
- La extensión de la corrupción moral y su cruda expresión pública constituye quizás la más aguda del profundo desorden que afecta la vida de nuestro país. La coima, el soborno, el cohecho, la extorsión, el robo al paso, el sicariato, la falta de respeto de los derechos del prójimo deterioran hondamente la vida de comunidad y amenazan marginar al empresario y a la empresa que se resisten a aceptar esas reglas de juego.
- Para comprender mejor el fenómeno social de la corrupción es oportuno considerar dos tipos de corrupción: de una parte, la corrupción directa y; de otra parte, la corrupción institucionalizada. Se habla de corrupción directa cuando en los comportamientos concretos e individuales, los autores, las víctimas, el objeto y los móviles pueden ser identificados o determinados claramente. Dichos comportamientos están frecuentemente tipificados como delitos o faltas y los responsables deben ser sometidos a procesos penales.
- El estado y las empresas de iniciativa privada deben aprender a convivir en un ordenamiento armónico, inspirado en el principio de subsidiaridad, con todas las connotaciones que la compleja economía moderna plantea en un país como el nuestro. Esta descripción de hechos nos permite confirmar que la corrupción es un fenómeno social de orden político y económico. Su explicación no puede hacerse sin indagar sus orígenes en la historia de cada sociedad. No se puede pretender darle una respuesta única Esta afirmación evidente nos permite rechazar la idea, bastante extendida entre los juristas y políticos que consideran al derecho y, en particular, al derecho penal como el instrumento eficaz de lucha contra la corrupción. La elaboración de leyes penales cada vez más severas, las reformas del sistema judicial resultan siendo al final de cuentas medios tendientes a ocultar una realidad que se desea conservar para mejor aprovechamiento de ella.
- Según la Contraloría en el 2023 la corrupción y la inconducta funcional causaron un perjuicio económico de S/.24.268 millones al Estado, equivalentes a la construcción de 50 hospitales o a la creación de más de un Millón de puestos de trabajo. El resultado de la estimación de la corrupción e inconducta funcional del citado año, fue de acuerdo al comportamiento siguiente: S/ 11.992 millones (49%) corresponden al gobierno nacional, 7.615 millones (31%) a los gobiernos regionales y 4.660 millones (19%) a las municipalidades. A sí mismo, de acuerdo a la información proporcionada por el Observatorio Nacional Anticorrupción de la CGR, se conoció que las principales regiones que presentan mayores índices de corrupción son: Callao, Loreto, Moquegua, Tacna, Piura, tumbes, Lima Metropolitana, Junín, Arequipa y Lambayeque. En relación a Provincias las que presentan un nivel alto de corrupción, Maynas (Loreto), Huancayo (Junín), Piura (Piura, Huaraz (Ancash), Puno (Puno), Callao (Callao), Mariscal Nieto (Moquegua), Moyobamba (San Martin) y Chachapoyas (Amazonas).
El 2024 se evaluó el desempeño de 2928 Entidades Públicas utilizando la inteligencia artificial y 24 indicadores, el informe revelo que 321 entidades registraron altos riesgos de corrupción. Las entidades con mayor corrupción fueron la Municipalidad Provincial de Huamanga (Ayacucho), EsSalud, la Municipalidad Distrital de El Porvenir y la Municipalidad de Mariscal Nieto.
- En el año 2024, según estudios de la Contraloría la pérdida económica ha superado los S/. 24,000 millones, siendo las entidades de alto riesgo según el Índice de Riesgos de Corrupción e Inconducta Funcional (INCO), utilizando como herramientas de evaluación a 321 entidades públicas, utilizándose para su evaluación 2928 entidades Públicas, señalando que la Policía Nacional del Perú lidera el ranking de mayor riesgo. Las entidades de alto riesgo, según el INCO el 2024, fueron: PNP, 75.7 puntos (riesgo muy alto), Universidades Nacionales: Destacan la de Ancash (UNASAM), Puno (UNAP). En Ica (UNICA), Ministerios: Minsa (72.1) y MTC (70.5), están entre las entidades más críticas. Gobiernos Locales: Más de 2,200 municipalidades provinciales y distritales presentan riesgos de inconducta funcional. Hallazgos Claves: El INCO el 2024, detecto contrataciones poco competitivas, proyectos abandonados y funcionarios con sanciones vigentes.
Esta descripción de hechos nos permite confirmar que la corrupción es un fenómeno social de orden político y económico. Su explicación no puede hacerse sin indagar sus orígenes en la historia de cada sociedad. No se puede pretender darle una respuesta única. Esta afirmación evidente nos permite rechazar la idea, bastante extendida entre los juristas y políticos que considera al derecho y, en particular, al derecho penal como el instrumento eficaz de lucha contra la corrupción. La elaboración de leyes penales cada vez más severas, las reformas del sistema judicial resultan siendo al final de cuentas medios tendientes a ocultar una realidad que se desea conservar para mejor aprovechamiento de ella. La solución es, por tanto, más de orden político y social que jurídico.