Un magistrado bajo la lupa. La Fiscalía Superior de Huancayo abrió una investigación contra el juez José Matos Centeno, titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Tayacaja, por presuntamente omitir, tergiversar e incluir pruebas no debatidas en audiencia para dictar prisión preventiva contra ocho miembros de las Fuerzas Armadas. La defensa sostiene que el fallo fue elaborado incluso antes de escuchar los debates orales.
Los hechos
El caso se remonta a los hechos ocurridos en la zona rural de Colcabamba, donde un contingente militar sostuvo un enfrentamiento armado con los ocupantes de un vehículo. Tras los acontecimientos, la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Derechos Humanos y Contra el Terrorismo inició las diligencias preliminares contra los efectivos militares.
El 19 de junio de 2026, el juez José Matos dio inicio a la audiencia oral de prisión preventiva. La sesión se extendió hasta el día siguiente, fecha en la que el magistrado anunció de manera verbal la medida coercitiva: doce meses de prisión para los investigados mientras avanzaban las pesquisas. Sin embargo, lo que parecía un trámite procesal regular pronto reveló serias irregularidades cronológicas y documentales.
Tras recibir los registros de audio y video el 22 de junio, la defensa técnica apeló el fallo basándose en la transcripción de la sesión oral. La sorpresa llegó semanas después, el 9 de julio, cuando el juzgado notificó la resolución 9 —con fecha del 30 de junio y firma electrónica del 8 de julio— para elevarla el recurso de apelación a la Sala Superior.
Ante los reclamos de los abogados por la falta de notificación oportuna de la resolución 8 de mandato de prisión preventiva; la respuesta del magistrado dejó al descubierto una grave anomalía: que dicha Resolución, fue fechada formalmente el 19 de junio, pero cuya firma digital registra el 10 de julio. En términos sencillos, el documento que fundamentaba la prisión preventiva figuraba fechado el mismo día en que recién iniciaba la audiencia oral, lo que sustenta la hipótesis de un adelanto de opinión y la presunta comisión de los delitos de prevaricato y falsedad ideológica.
La denuncia presentada ante la Fiscalía Superior de turno de Junín no solo cuestiona los tiempos del juez Matos, sino también el manejo del material probatorio. Según la defensa, el magistrado descartó de manera arbitraria peritajes clave y reportes de tránsito que contradicen la versión de los supuestos agraviados.
Mientras los agraviados afirmaron ante las autoridades que se encontraban jugando al fútbol en Colcabamba antes del enfrentamiento, los registros de las garitas de control Villa Azul y Puente Millenium demostraron que la camioneta realizaba un recorrido distinto.

¿Qué dicen los peritajes?
Durante los interrogatorios dirigidos por la Fiscalía, el testimonio de los especialistas en criminalística reforzó la tesis de que en el lugar ocurrió un choque armado y no una ejecución ejecutada a boca de jarro.
Noé Cano, perito con 28 años de experiencia, se ratificó en sus informes ante el fiscal y la defensa de los agraviados. Tras examinar el vehículo e inspeccionar el lugar de los hechos, el especialista mostró en pantalla el hallazgo de munición dispersa en la escena del crimen: “Se puede observar que 44 casquillos corresponden al calibre 5.56 mm, 03 casquillos al calibre 9×19 mm y 03 casquillos al calibre 9×17 mm”, detalló Cano.
El especialista remarcó el hallazgo de 13 cartuchos sin percutar calibre 9×19 mm —compatibles con pistolas de uso civil y comercial utilizadas por los ocupantes del vehículo— y confirmó que los exámenes de absorción atómica dieron positivo para disparo de arma de fuego en tres de los ocupantes de la camioneta.
Por su parte, la perito Paola Aliaga, explicó el análisis realizado a cinco de los cuerpos recuperados en la escena mediante la metodología analítico-descriptiva.
Aliaga fue enfática al ratificar que las perforaciones halladas en los cadáveres correspondían a impactos de proyectil de arma de fuego disparados a larga distancia: “fueron disparos por PAF a larga distancia”.
Descartó de forma categórica la presencia de quemaduras en la piel o ahumamiento, signos típicos de disparos a corta distancia o a boca de jarro. “No, no se encontró esas evidencias”.
Tampoco se hallaron evidencias de contacto directo entre la superficie corporal y el cañón incandescente de las armas tras el enfrentamiento.
Con los peritajes balísticos la defensa pudo corroborar que se produjo intercambio de disparos, la presencia de restos de pólvora en las manos del herido Jhonatan Águila Gutiérrez y de uno de los fallecidos; y, la alteración de las fechas en las resoluciones judiciales.
El Dato
La Fiscalía Superior deberá determinar si el juez José Matos actuó al margen de la ley para forzar la encarcelación preventiva de los ocho militares.